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La Dirección General de Comerç efectuará inspecciones los próximos domingos para comprobar el cumplimiento de la ley de horarios

20 de julio de 2012

Recientemente el Gobierno español ha modificado la normativa relacionada con los horarios comerciales: deja libertad horaria a los establecimientos de hasta 300 m2 para abrir de lunes a domingos. En relación a las superficies más grandes o cadenas, ha ampliado de 8 a 10 el número de festivos en que se puede abrir y permite que los número de horas de apertura semanal de los grandes comercios pase de 72 a 90. Igualmente, en las grandes ciudades turísticas como Barcelona deberá establecer áreas de horario completamente libre.

Ahora bien, la Generalitat de Cataluña ha hecho patente a través de la Dirección General de Comercio que las competencias en materia de horarios comerciales son suyas, y que por tanto estos cambios NO son de aplicación en Cataluña.

La legislación que las inspecciones verificarán el cumplimiento es la siguiente: se puede abrir los días laborables un máximo de 12 diarias (72 horas semanales), dentro de la franja comprendida entre las 7 y las 22 horas con carácter general, los domingos y festivos se debe cerrar excepto 8 de ellos, determinados por Empresa y Empleo. Excepciones: los establecimientos con una superficie de venta no superior a los 150 metros cuadrado especializados en la venta personalizada o en régimen de autoservicio de productos de compra cotidiana de alimentación, los que son titulares pequeñas o medianas empresas comerciales, pueden abrir los domingos y festivos que deseen.

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