21 de junio de 2012
La Dirección General de Comercio ha llevado a cabo durante el pasado mes de mayo una actuación informativa en los comercios de Cataluña para advertir sobre las prácticas comerciales desleales que confunden las ofertas o promociones con las rebajas. Con este objetivo, se ha enviado un total de 638 cartas informativas para recordar esta obligación a los principales centros comerciales ya más de medio millar de establecimientos de los ejes comerciales más representativos de Cataluña.
Estas prácticas suelen producirse en los meses de junio y de diciembre, es decir, unas semanas antes de la fecha de inicio del calendario de rebajas fijado por el Gobierno. Se trata de ofertas o promociones que representan un porcentaje de productos de temporada superior al 20 o 30% sobre el total, de características heterogéneas y de productos que se han vendido con anterioridad en el mismo establecimiento al precio normal. Se trata, en definitiva, de conductas desleales en que se busca una ventaja competitiva respecto al resto de comerciantes aplicando unos precios con importantes descuentos aduciendo la realización de una oferta o promoción cuando lo que se esconde, en realidad, es el adelanto del periodo de las rebajas.
Conviene recordar que los comerciantes, a lo largo del año, pueden aplicar descuentos en sus productos a la venta. A menudo, estos descuentos se presentan a los clientes como ofertas o promociones de determinados artículos, y tienen una duración limitada en el tiempo, pero que en ningún caso pueden comportar la aplicación de unos precios por debajo de su precio de coste. Con estas prácticas, los comerciantes quieren conseguir atraer más clientes, incentivar las ventas y dar a conocer nuevos productos. Una fórmula bien aceptada entre los consumidores, ya que pueden adquirir nuevos productos a un precio más económico de lo habitual.
Sin embargo, no se pueden confundir estas ofertas o promociones con las tradicionales rebajas, que los consumidores asocian con la finalización de las temporadas de verano e invierno y, en las que pueden encontrar productos que quedan en el stock a un precio significativamente ventajoso. Las rebajas, aunque comportar la aplicación de precios reducidos, tienen una finalidad diferente a las ofertas y promociones. La reducción se aplica a los artículos de temporada que ya estaban a la venta con anterioridad en el mismo establecimiento a precio normal. Su finalidad, por tanto, es dar salida y liquidar los productos que durante la temporada no se han podido vender y afecta normalmente altos porcentajes de los productos que están expuestos a la venta. Asimismo, en las rebajas tampoco se pueden aplicar precios por debajo del precio de coste de los productos.
De acuerdo con la normativa vigente, los comerciantes sólo pueden hacer rebajas durante dos períodos anuales. En la temporada de invierno, entre el 7 de enero y el 6 de marzo, y en la temporada de verano, entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
Pensad que hay la posibilidad de que hayan inspecciones por parte de la Dirección General de Comercio y por tanto que se produzcan sanciones.
Fuente: Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña.